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Pretender asesorar sin haber aprendido.-

Un Director de una Sucursal Bancaria se acercó a saludarme y conocerme a mi domicilio por una incidencia que tuvo con un personaje conocido del que prudentemente no se citó en la conversación de la entrevista y para su tranquilidad emocional, entendí pretendía tantear el estado de la plaza en la que había accedido con la intención de torear una vaquita confitera y al abrir el portón de los corrales, se encontró con lo que parecía un toro cerril.
Pensando que sabía un algo del mundo de los negocios y teniendo claro que su Cliente Favorito le había salido “rana”, en prueba de buena voluntad se me ocurrió abrirle una cuenta en su Sucursal para incrementar su Agenda de Clientes. Las condiciones ofrecidas por el Sr. Director eran las correctas y al paso del tiempo fue en esta Entidad Bancaria con quien contraté mi Garantía Fiscal para el desarrollo de mi actividad económica. Con el tiempo, el hombre se jubiló y ocuparon su puesto de trabajo nuevos Directivos con nuevas normativas.
Dado que los intereses bancarios se redujeron a nulos, para evitar gastos, me ofrecieron cambiar la domiciliación de pago de la Cuota mensual a la Seguridad Social. Con el tiempo, apostando por el rigor y la transparencia, la Entidad Bancaria modificó por su parte las condiciones específicas, invitándome a realizar unos ingresos adinerados mensuales que rigurosamente atiendo.
Pero como la principal característica de los comerciantes de la segunda década del siglo XXI es la escasa actividad económica, lo que conlleva reducidos movimientos adinerados y el aconsejable por no llamar imprescindible cierre de Sucursales Bancarias por ser también Entidades sufridoras de estas ventajas, supongo debieron exigirles a las cabezas pensantes despertar la imaginación para cobrar otro tipo de servicios adicionales que nunca se contrataron en la firma de condiciones y se inventó la cuota anual del servicio de acceso a orientación jurídica telefónica y del servicio de acceso a descuentos y beneficios.
Incomprensible es el observar como en lugar de la reglamentaria factura, se expide un Extracto de Comunicación de Cobro por un supuesto servicio que se dice ofrecer y del que desconozco por no usarlo ni haberlo contratado, pero como quiera que no pienso saber, sino que realmente se “un algo” del mundo de los negocios, me he permitido aclarar tal informal documento por no estar ajustado a derecho e incumplir con el ordenamiento legal para ser contabilizado reglamentariamente.
Es imposible ofrecer correcta orientación jurídica por quien es ignorante de la legislación vigente y la incumple presumiendo además, de no ser una ONG.

«Lo Lleó del Maestrat«

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El olivo milenario del Maestrazgo.-

Un patrimonio personal de los labradores de esta olvidada tierra levantina que siempre pagaron religiosamente los derechos reales de sucesión y transmisión de padres a hijos durante todas las generaciones que nos han precedido y las contribuciones y tributos por conservar y cuidar el suelo para obtener un producto, el aceite de aceituna farga desprestigiado e infravalorado por el comerciante y el consumidor. Y como propietario de una cosa, puedo decidir sobre ella, quemándola, abandonándola, cuidándola o vendiéndola.
Esta realidad social por la que los labradores del Maestrazgo no conseguimos obtener rendimiento de nuestras actividades agrícolas, ha conducido a tomar la sabia decisión de malvender los olivos enteros para otros fines diferentes a la producción de aceite; unos majestuosos olivos que para cabar su tallo con la azada al objeto de retirar sus brotes bordes, se precisa en algunos casos de media hora de reloj haciendo transpiración deportiva que significa sudando.
Los labradores del Maestrazgo, no precisamos reconocimiento ni protección de nuestra propiedad, ni de lo que en ella tengamos plantado o cultivemos, ni regulaciones de compraventa, ni influencia en la cesta de la compra, es suficiente solamente, que se nos coticen los productos de nuestra actividad agrícola por el valor acorde con el esfuerzo invertido en su obtención.

Los derechos de los clandestinos.-

Que siempre están por encima de las obligaciones de los legales con el beneplácito que quienes aportan poco esfuerzo y sudor a las Arcas de Tesoro Público, confundiendo la solidaridad de boquilla hacia el sinvergüenza, con la necedad.
Este año en las declaraciones fiscales se ha suprimido el impuesto sobre el patrimonio, un impuesto que gravaba a las personas que ahorraban parte de sus ingresos procedentes del trabajo personal y lo reinvertían en la creación de riqueza.
Para marear la perdiz, parece ser que la culpa de los males sociales actuales está en los paraísos fiscales, a donde algunos se llevan supuestamente el dinero que ganan y pagan los impuestos que les corresponde acorde con el ordenamiento legal de su situación fiscal.
En el Reino de España, por trabajar, se gana un dinero, por ganarlo, se pagan unos impuestos y con el sobrante, haces lo que te apetece, pero lo que no se puede es gastar el dinero que no has ganado.

El registro del nombre de la marca.-

Generalmente se da excesiva importancia al nombre de la marca de un producto y eso ocurre especialmente cuando el producto asociado no tiene alguna cualidad.
La marca y su registro es una forma de pagar impuestos que con la excusa de protección, te autoobligas a pagar los derechos de patente. Con ello, nadie más que tu puede usar el nombre para la clase de artículo que referencia y se supone que cuando te sientes perjudicado por un fraudulento comerciante, puedes acceder a los tribunales para ventilar discrepancias.
Antiguamente, cuando existía similitud fonética, se podía ejercer el derecho de oposición pero actualmente, con el proliferado uso del Internet, con solo cambiar una sola letra el registro queda autorizado.
El nombre de la marca representa solamente la forma de identificar, al igual que el nombre elegido por nuestros padres y asignado cuando nacemos. Mi abuelo Julián Segarra Ferreres registró la marca SEGARRA, mi padre Julián Segarra Ortí registró la marca GRAN MAESTRE y ¡qué!, lo importante es que estas marcas representan los mejores licores que se pueden elaborar en todo el mundo, si algún otro destilador fuese capaz de mejorarlos, la marca registrada no sirve para nada más que engañar al iluso.

El despreciado copyright.-

Aunque hay muchas cosas que pueden ser copiadas y no me refiero precisamente a las botellas de los Licores del Maestrazgo, otras, están protegidas por los derechos de las patentes y marcas, como el caso de la marca SEGARRA, de la que su alcance, no solamente abarca el nivel nacional sino que se extiende más allá de muestras fronteras geográficas.
El acceso a la red de Internet, hace posible que con un clik del dedo en el ratón, se pueda disponer de la información en un instante, pero hay que tener en cuenta, que aquello que a nosotros no nos cuesta ningún tipo de esfuerzo, no significa que al autor, no le hay costado el suyo.
Debería tenerse mucho cuidado si pretendemos divulgar contenidos de terceros por nuestra cuenta y riesgo a espaldas del autor, porque nos podemos encontrar con la desagradable sorpresa de que nuestra inocente intervención, acabe inesperadamente en los tribunales. En ocasiones, sin que nosotros lo sepamos, el autor de la web, del diseño o de la idea, ha registrado su contenido u ocurrencia y como en el caso del circuito electrónico que citaba en el artículo del otro día, dispone de la protección de los derechos legales, aunque, en este caso, el titular permite su construcción con la inclusión del esquema eléctrico y el circuito impreso para que aprendamos jugando, pero no debemos olvidar el hecho y tener siempre presente, el gozar del respeto que le concede, al igual que otras publicaciones suyas, el correspondiente copyright.

El despreciado copyright.-

Aunque hay muchas cosas que pueden ser copiadas y no me refiero precisamente a las botellas de los Licores del Maestrazgo, otras, están protegidas por los derechos de las patentes y marcas, como el caso de la marca SEGARRA, de la que su alcance, no solamente abarca el nivel nacional sino que se extiende más allá de muestras fronteras geográficas.
El acceso a la red de Internet, hace posible que con un clik del dedo en el ratón, se pueda disponer de la información en un instante, pero hay que tener en cuenta, que aquello que a nosotros no nos cuesta ningún tipo de esfuerzo, no significa que al autor, no le hay costado el suyo.
Debería tenerse mucho cuidado si pretendemos divulgar contenidos de terceros por nuestra cuenta y riesgo a espaldas del autor, porque nos podemos encontrar con la desagradable sorpresa de que nuestra inocente intervención, acabe inesperadamente en los tribunales. En ocasiones, sin que nosotros lo sepamos, el autor de la web, del diseño o de la idea, ha registrado su contenido u ocurrencia y como en el caso del circuito electrónico que citaba en el artículo del otro día, dispone de la protección de los derechos legales, aunque, en este caso, el titular permite su construcción con la inclusión del esquema eléctrico y el circuito impreso para que aprendamos jugando, pero no debemos olvidar el hecho y tener siempre presente, el gozar del respeto que le concede, al igual que otras publicaciones suyas, el correspondiente copyright.