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Pretender asesorar sin haber aprendido.-

Un Director de una Sucursal Bancaria se acercó a saludarme y conocerme a mi domicilio por una incidencia que tuvo con un personaje conocido del que prudentemente no se citó en la conversación de la entrevista y para su tranquilidad emocional, entendí pretendía tantear el estado de la plaza en la que había accedido con la intención de torear una vaquita confitera y al abrir el portón de los corrales, se encontró con lo que parecía un toro cerril.
Pensando que sabía un algo del mundo de los negocios y teniendo claro que su Cliente Favorito le había salido “rana”, en prueba de buena voluntad se me ocurrió abrirle una cuenta en su Sucursal para incrementar su Agenda de Clientes. Las condiciones ofrecidas por el Sr. Director eran las correctas y al paso del tiempo fue en esta Entidad Bancaria con quien contraté mi Garantía Fiscal para el desarrollo de mi actividad económica. Con el tiempo, el hombre se jubiló y ocuparon su puesto de trabajo nuevos Directivos con nuevas normativas.
Dado que los intereses bancarios se redujeron a nulos, para evitar gastos, me ofrecieron cambiar la domiciliación de pago de la Cuota mensual a la Seguridad Social. Con el tiempo, apostando por el rigor y la transparencia, la Entidad Bancaria modificó por su parte las condiciones específicas, invitándome a realizar unos ingresos adinerados mensuales que rigurosamente atiendo.
Pero como la principal característica de los comerciantes de la segunda década del siglo XXI es la escasa actividad económica, lo que conlleva reducidos movimientos adinerados y el aconsejable por no llamar imprescindible cierre de Sucursales Bancarias por ser también Entidades sufridoras de estas ventajas, supongo debieron exigirles a las cabezas pensantes despertar la imaginación para cobrar otro tipo de servicios adicionales que nunca se contrataron en la firma de condiciones y se inventó la cuota anual del servicio de acceso a orientación jurídica telefónica y del servicio de acceso a descuentos y beneficios.
Incomprensible es el observar como en lugar de la reglamentaria factura, se expide un Extracto de Comunicación de Cobro por un supuesto servicio que se dice ofrecer y del que desconozco por no usarlo ni haberlo contratado, pero como quiera que no pienso saber, sino que realmente se “un algo” del mundo de los negocios, me he permitido aclarar tal informal documento por no estar ajustado a derecho e incumplir con el ordenamiento legal para ser contabilizado reglamentariamente.
Es imposible ofrecer correcta orientación jurídica por quien es ignorante de la legislación vigente y la incumple presumiendo además, de no ser una ONG.

«Lo Lleó del Maestrat«

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Como marear la perdiz.-

El pasado miércoles leía en el BOE nº 152 del martes día de San Juan, la Orden EHA/1796/2008 publicada en la página 28185 por la que se modifica la del año pasado y se aprueban nuevos modelos 130 y 131 para el pago fraccionado del IRPF y 31o del IVA, de esta suerte, los Contribuyentes que aprovechando nuestro desplazamiento a las Dependencias de la AEAT, adquirimos impresos para todo el año, podremos tirarlos a la basura por inservibles ya que con la puesta a la venta de los nuevos, favoreceremos al Colegio de Huérfanos de Hacienda.
Debo ser muy torpe porque no entiendo nada, pero, nada de nada y con esto de los cuatrocientos euros deducibles en el pago a cuenta del impuesto a razón de cien euros por trimestres menos en el segundo trimestre de 2008 que, por no haber deducido ninguno el en primer trimestres, se nos concede la posibilidad de doble deducción en el segundo, estoy más mareado que una perdiz después de beberse toda una calderada de la destilación de ginebra SEGARRA. ¡Claro!, es que entonces más que mareado, estaría borracho.
Como este año en la declaración liquidación del IRPF se nos han cambiado las escalas de gravamen, los mínimos familiares y también el método de cálculo, con un resultado final que como siempre, es el que es, esperaremos a la declaración de renta del año que viene sobre el ejercicio 2008 por si acaso con la bonificación de los cuatrocientos euros a cuenta, no hayan suficientes para pagar el resultado de la nueva declaración, que seguro, nos va a sorprender con la modificación y el supuesto ahorro, o tal vez seamos tan olvidadizos que no sepamos la verdadera naturaleza del pago fraccionado.

Como marear la perdiz.-

El pasado miércoles leía en el BOE nº 152 del martes día de San Juan, la Orden EHA/1796/2008 publicada en la página 28185 por la que se modifica la del año pasado y se aprueban nuevos modelos 130 y 131 para el pago fraccionado del IRPF y 31o del IVA, de esta suerte, los Contribuyentes que aprovechando nuestro desplazamiento a las Dependencias de la AEAT, adquirimos impresos para todo el año, podremos tirarlos a la basura por inservibles ya que con la puesta a la venta de los nuevos, favoreceremos al Colegio de Huérfanos de Hacienda.
Debo ser muy torpe porque no entiendo nada, pero, nada de nada y con esto de los cuatrocientos euros deducibles en el pago a cuenta del impuesto a razón de cien euros por trimestres menos en el segundo trimestre de 2008 que, por no haber deducido ninguno el en primer trimestres, se nos concede la posibilidad de doble deducción en el segundo, estoy más mareado que una perdiz después de beberse toda una calderada de la destilación de ginebra SEGARRA. ¡Claro!, es que entonces más que mareado, estaría borracho.
Como este año en la declaración liquidación del IRPF se nos han cambiado las escalas de gravamen, los mínimos familiares y también el método de cálculo, con un resultado final que como siempre, es el que es, esperaremos a la declaración de renta del año que viene sobre el ejercicio 2008 por si acaso con la bonificación de los cuatrocientos euros a cuenta, no hayan suficientes para pagar el resultado de la nueva declaración, que seguro, nos va a sorprender con la modificación y el supuesto ahorro, o tal vez seamos tan olvidadizos que no sepamos la verdadera naturaleza del pago fraccionado.